Abogado de Violencia de Género en Madrid
Si te han detenido por una denuncia de violencia de género o tienes una comparecencia ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, lo que se decida en las primeras horas marca el resto de la causa. No declares sin un abogado al lado. Te cogemos el teléfono nosotros, a cualquier hora. Línea directa 24 horas: 681 256 507.
Abogado de violencia de género en Madrid, disponible 24 horas
Una denuncia por violencia de género pone en marcha un procedimiento muy rápido y con medidas cautelares que te cambian la vida desde el primer día, y lo que se decida en la instrucción pesa más que el juicio. Somos abogados penalistas en Madrid y defendemos al investigado y al acusado en los procedimientos por violencia de género ante los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y los Juzgados de lo Penal de Madrid, donde se deciden las órdenes de protección y el resto de medidas cautelares. Cuando el encargo es de la perjudicada, ejercemos la acusación particular. Llevamos tu caso nosotros, de principio a fin.
Cómo intervenimos en un procedimiento por violencia de género en Madrid
Estos son los tres frentes en los que actuamos en una causa por violencia de género.
Orden de protección y alejamiento
Defensa en la comparecencia donde se decide la orden de protección y el alejamiento. Lo que se acuerde ahí marca el resto del procedimiento, el régimen con los hijos y el uso del domicilio.
Defensa del investigado y del acusado frente a la acusación del Ministerio Fiscal por malos tratos, lesiones, amenazas, coacciones o quebrantamiento, incluida la defensa frente a denuncias falsas y el recurso de las medidas cautelares.
Representación de la víctima
Cuando el encargo proviene de la perjudicada, ejercemos la acusación particular en defensa de sus derechos. Por exigencia deontológica nunca asumimos a la víctima y al investigado en la misma causa.
Qué hacemos si te detienen por violencia de género
Si te detienen por una denuncia de violencia de género, lo que hagas en las primeras horas condiciona toda la causa. Esto es lo que hacemos contigo desde la llamada:
Te atendemos al teléfono.
Identificamos la comisaría, el contenido de la denuncia y la situación procesal, y activamos la defensa en ese momento.
Te damos las primeras indicaciones.
Tienes derecho a guardar silencio y a no firmar nada hasta hablar con tu abogado. Te lo explicamos antes de cualquier diligencia.
Vamos a comisaría en persona.
Un titular se desplaza a la comisaría o al Juzgado de Violencia sobre la Mujer, en Madrid capital o en el Corredor del Henares.
Hablamos contigo a solas.
En la entrevista reservada, antes de declarar, preparamos contigo la posición ante el juez y la comparecencia de medidas cautelares.
Te asistimos en la comparecencia.
Te asistimos en la declaración y en la comparecencia sobre la orden de protección, y discutimos las medidas cautelares y la prisión provisional cuando se plantean.
Si te detienen por violencia de género, activamos la asistencia al detenido de inmediato, atendida por nosotros las 24 horas. Madrid capital, Corredor del Henares y toda España.
Abogado para la orden de protección y el alejamiento en Madrid
La denuncia por violencia de género produce, en la mayoría de los casos, una comparecencia urgente en la que el juzgado valora una orden de protección. Puede incluir varias medidas de golpe:
- Alejamiento y prohibición de comunicación. Orden de alejamiento, prohibición de aproximación y de comunicación con la denunciante.
- Salida del domicilio. La salida del investigado de la vivienda familiar.
- Medidas civiles provisionales. Sobre la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas y el uso de la vivienda.
No es automática: la defensa tiene que discutir los presupuestos legales de la medida, proponer medidas menos gravosas y aportar las circunstancias que aconsejen no adoptarlas. Quebrantar una orden ya dictada es un delito por sí mismo, así que su alcance debe entenderse y respetarse desde el primer minuto.
Defensa penal por malos tratos, lesiones y maltrato habitual
La violencia sobre la mujer tiene un marco propio: la ley integral contra la violencia de género, que creó los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. En el plano penal, las acusaciones más habituales son:
- Maltrato ocasional o lesiones leves. Un episodio puntual, sin necesidad de tratamiento médico.
- Maltrato habitual. Una situación sostenida en el tiempo en el ámbito familiar.
- Delitos que se suman. Amenazas, coacciones y el quebrantamiento de una condena o de una medida cautelar.
La calificación exacta de los hechos, y su prueba, es lo que decide el procedimiento.
Abogado para la defensa frente a la denuncia falsa
No toda denuncia se corresponde con un delito, y la defensa empieza por la prueba:
- La prueba que trabajamos. Partes médicos, mensajería, geolocalización, testifical y las contradicciones del relato; cuando procede, planteamos la dispensa del deber de declarar.
- Cuando la denuncia es falsa. Valoramos las acciones por denuncia falsa y por simulación de delito, que pueden ejercerse tras el sobreseimiento o la sentencia absolutoria.
Acusar a alguien de violencia de género sin que los hechos sean ciertos también tiene consecuencias penales.
Asistencia 24 horas al detenido por violencia de género
Tlf. 681 256 507 · [email protected]
Penas por violencia de género y consecuencias accesorias
La condena por delitos de violencia de género conlleva penas y consecuencias accesorias que van más allá de la prisión:
- Maltrato ocasional o lesiones leves: de seis meses a un año de prisión, o trabajos en beneficio de la comunidad, con inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad.
- Maltrato habitual: de seis meses a tres años de prisión, con privación del derecho a la tenencia de armas.
- Amenazas y coacciones en el ámbito de la violencia de género, con su agravación específica.
- Quebrantamiento de la orden de alejamiento o de la pena, como delito por sí mismo.
A la pena se suma, en su caso, la orden de alejamiento, la prohibición de comunicación, la libertad vigilada y la afectación a la guarda y custodia de los hijos.
Juzgados de Violencia sobre la Mujer competentes en Madrid
Los procedimientos por violencia de género se instruyen en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y, en fase de enjuiciamiento, en los Juzgados de lo Penal o en la Audiencia Provincial de Madrid según la pena. En Madrid capital la guardia se concentra en Plaza de Castilla. Asumimos también los partidos judiciales del Corredor del Henares (Alcalá de Henares, Arganda del Rey, Coslada), donde existen Juzgados de Violencia sobre la Mujer propios. Nuestra sede en Goya 20 está a un paso de los principales órganos judiciales del centro.
Abogado penalista de libre designación frente al turno de oficio
En una causa por violencia de género, la asistencia de oficio cubre el trámite, pero el procedimiento es rápido y las medidas cautelares se deciden en horas. Elegir a tu abogado por libre designación significa que el mismo despacho que estudia tu expediente es el que te coge el teléfono, prepara contigo la comparecencia y va a la vista. Sin paralegal de por medio ni un abogado distinto cada día: llevamos tu caso nosotros, de principio a fin.
Cómo trabajamos una causa por violencia de género
Desde la primera llamada tras una detención o una citación hasta la sentencia firme y, en su caso, el recurso de apelación, trabajamos cada causa por violencia de género con el mismo método.
Primer contacto
Te atendemos directamente, por teléfono o en persona, incluso fuera de horario. Identificamos la situación procesal y activamos la defensa antes de la primera declaración.
Análisis del caso
Revisamos el atestado policial, el parte médico de lesiones, la mensajería, la geolocalización, la testifical y los antecedentes, y detectamos las contradicciones del relato.
Estrategia y preparación
Diseñamos las alegaciones sobre los presupuestos de la prisión provisional y de la orden de protección, la propuesta de medidas alternativas y la estrategia de prueba. Cada hito lo preparamos contigo.
Defensa en sala
Te defendemos en el juicio rápido o en el procedimiento abreviado ante el Juzgado de lo Penal, y recurrimos en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid cuando procede.
Preguntas frecuentes sobre violencia de género en Madrid
¿Pueden dictar una orden de alejamiento de forma automática?
No es automática. La orden de protección exige una situación objetiva de riesgo y una comparecencia en la que la defensa puede oponerse, proponer medidas menos gravosas y aportar prueba. Lo que se alegue en esa comparecencia condiciona meses de procedimiento.
¿Cómo se valora la declaración de la víctima como prueba única?
Cuando la condena se apoyaría solo en la declaración de la denunciante, el Tribunal Supremo exige tres requisitos: ausencia de incredibilidad subjetiva (que no exista un resentimiento o un móvil espurio previo), persistencia en la incriminación (un relato sin contradicciones esenciales y mantenido en el tiempo) y verosimilitud corroborada por datos externos, como el parte médico, los testigos, los mensajes o la geolocalización. Discutir cada uno de esos requisitos es el núcleo de la defensa.
¿Puedo actuar contra una denuncia falsa de violencia de género?
Sí. Cuando la denuncia es objetivamente falsa, tras el sobreseimiento o la absolución puede ejercerse la acción por denuncia falsa o por simulación de delito. Lo valoramos contigo con la prueba en la mano.
¿Qué pasa si se incumple la orden de alejamiento?
Quebrantar una orden de alejamiento o de comunicación es un delito por sí mismo, aunque sea la propia denunciante quien propicie el contacto. Por eso conviene entender su alcance exacto desde el primer minuto y no asumir riesgos.
¿Podéis representar a la víctima en lugar del investigado?
Si el encargo es de la perjudicada, ejercemos la acusación particular en defensa de sus derechos. Los procedimientos siempre son diferenciados: por exigencia deontológica nunca asumimos a la víctima y al investigado en la misma causa.
Nuestro despacho en Goya 20, Madrid
Estudio Jurídico Cervantes & Gª-Escribano
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- Calle Goya 20, 1.º Izquierda · 28001 Madrid
- 681 256 507 · 24 horas, todos los días
- [email protected]
- Lunes a viernes · 9:00 – 19:00 (asistencia al detenido 24/7)
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Una causa por violencia de género se decide en los primeros movimientos: la primera declaración, la comparecencia de medidas cautelares y la prueba que se solicita. Cuanto antes nos llames, más margen tenemos. Te atendemos directamente, en Madrid y en toda España. Llámanos al 681 256 507.