Abogado de Apropiación Indebida en Madrid

Una provisión de fondos que no se devuelve, una comisión que no se liquida, un depósito del que se dispone: si te investigan por el delito de apropiación indebida (art. 253 CP), todo se decide en el título con el que recibiste el bien y en si hubo un acto real de apropiación. Somos abogados penalistas en Madrid, expertos en apropiación indebida: defendemos al investigado y también representamos al perjudicado que ejerce la acusación particular. Línea 24 horas: 681 256 507.

Abogado penalista experto en apropiación indebida en Madrid, disponible 24 horas

Una denuncia por apropiación indebida esconde muchas veces una simple deuda o un conflicto sobre el título con el que se recibió el dinero, no un delito. Somos abogados penalistas en Madrid, especialistas en delitos económicos, y defendemos tanto a quien está investigado como a quien ha sufrido el perjuicio y ejerce la acusación particular, siempre en casos distintos: nunca llevamos a las dos partes. Lo llevamos nosotros de principio a fin, sin pasarte de un abogado a otro.

Áreas que asumimos

Otras áreas de derecho penal económico que defendemos en Madrid

Una causa por apropiación indebida suele coincidir con otras figuras del derecho penal económico. Estas son las otras áreas en las que asumimos la defensa en Madrid, cada una con su propia página y estrategia.

01 · ADMINISTRACIÓN

Cuando los hechos son gestión desleal del administrador (art. 252 CP) sin un acto de apropiación incorporativa al patrimonio propio.

02 · SOCIETARIOS

Falseamiento de cuentas o acuerdos lesivos en sede societaria que concurren con frecuencia en la misma causa que la apropiación indebida.

03 · BLANQUEO

Cuando la apropiación se acompaña de ocultación del origen de los fondos y la causa se amplía con requerimientos del SEPBLAC.

04 · DELITOS ECONÓMICOS

Cuando la imputación se extiende a estafa, delito fiscal o alzamiento de bienes y exige una defensa unificada del investigado.

Línea directa

Asistencia 24 horas en apropiación indebida

Tlf. 681 256 507 · [email protected]

Por qué elegirnos

Abogados de apropiación indebida en Madrid: qué nos hace diferentes

En apropiación indebida, el resultado se decide en el título de recepción y en la prueba documental, no en cuántos abogados aparezcan en la vista. Esto es lo que hacemos distinto:

01

Pericial contable propia, no derivada después

No derivamos la pericial contable a un tercero tras la declaración: la preparamos antes, con perito de confianza del despacho, para tener la prueba de descargo lista desde la instrucción.

02

Un solo abogado lleva tu caso, de principio a fin

Quien te atiende en la primera entrevista es quien te representa en sala. El mismo abogado sigue tu expediente hasta la sentencia.

03

Preparamos la declaración, no la improvisamos

Revisamos el título de recepción, la documentación contable y las comunicaciones antes de que te sientes a declarar, no después.

04

Distinguimos el delito de la simple deuda civil desde el día uno

La frontera entre delito y deuda civil se define en la primera valoración del expediente, no en el juicio. Si el conflicto es civil, lo decimos desde el primer día.

Asistencia letrada al investigado por apropiación indebida en Madrid

Desde la primera llamada tras una querella del perjudicado o una citación judicial, esto es lo que hacemos contigo:

01

Te atendemos al teléfono.

Identificamos la situación procesal y activamos la defensa desde ese momento.

02

Te damos las primeras indicaciones.

Tienes derecho a guardar silencio y a no declarar sin tu abogado.

03

Revisamos el título de recepción de inmediato.

Revisamos el título de recepción del bien y la documentación contable.

04

Hablamos contigo a solas.

Decidimos juntos qué conviene declarar y qué reservar.

05

Te asistimos en la declaración.

Te asistimos en la declaración con el título de recepción y la pericial ya revisados.

Esta asistencia la atendemos nosotros las 24 horas, todos los días del año. Madrid capital, Corredor del Henares y todo el territorio nacional.

Apropiación indebida en Madrid: el delito del art. 253 CP

El delito de apropiación indebida, tipificado en el Código Penal, exige tres elementos que discutimos en cada expediente:

  • Un título de recepción que obliga a entregar o devolver dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble: depósito, comisión, mandato, administración o fiducia.
  • Un acto positivo de apropiación, no la simple falta de pago: usar el bien para fines distintos de los pactados, transferirlo a terceros o consumirlo como propio.
  • Ánimo de incorporación definitiva al patrimonio propio, con perjuicio para el legítimo propietario.

La pena básica es de prisión de seis meses a tres años, con agravación (art. 250 CP) cuando la cuantía supera los 50.000 euros o concurre abuso de relaciones personales.

Asesor legal revisando documentación con un cliente

Supuestos habituales de apropiación indebida en Madrid

Estos son los supuestos que vemos con más frecuencia en la práctica:

  • Profesionales que retienen provisiones de fondos entregadas para abonar a terceros.
  • Administradores que destinan a uso personal cantidades de la sociedad.
  • Depositarios que disponen del bien depositado.
  • Promotores que aplican cantidades a cuenta a finalidades distintas de la promoción.
Asesoramiento jurídico estratégico para prevenir riesgos legales

Apropiación indebida en Madrid: líneas de defensa del despacho

Trabajamos varias líneas a la vez, según lo que revele el título de recepción y la prueba documental:

  • Discutir el título de recepción. Si la entrega no genera obligación de devolver el bien específico, el delito no concurre y el conflicto es civil.
  • Distinguir la deuda de la apropiación. La simple falta de pago no es delito: hace falta un acto positivo de disposición.
  • Descartar el ánimo de apropiación definitiva. Una imposibilidad temporal de devolver puede excluir el tipo.
  • Trabajar el atenuante de reparación del daño (art. 21.5 CP): devolver el bien antes del juicio puede abrir una conformidad ventajosa.
Línea directa

Asistencia 24 horas ante una citación por apropiación indebida

Tlf. 681 256 507 · [email protected]

Consecuencias de una condena por apropiación indebida en Madrid

Más allá de la pena de prisión o multa, una condena tiene efectos que suelen pesar tanto o más:

  • Antecedentes penales, con efecto en la reputación profesional y el acceso a cargos de gestión.
  • Responsabilidad civil derivada, con la obligación de devolver el bien o su valor.
  • Consecuencias colegiales cuando el investigado ejerce una profesión regulada.

Acusación particular en apropiación indebida en Madrid

Cuando eres tú quien ha sufrido el perjuicio, preparamos la querella con los elementos probatorios necesarios (título de entrega, contabilidad, comunicaciones) y ejercitamos la acción civil dentro del propio procedimiento penal.

Abogado corporativo asesorando en operaciones empresariales
Preguntas frecuentes

Defensa en apropiación indebida: preguntas frecuentes

Una deuda no pagada, ¿es apropiación indebida?

No. Hace falta un título de entrega con obligación de devolver y un acto positivo de disposición. La simple deuda de un préstamo o una operación comercial es un asunto civil, no penal.

Sanciona la incorporación al patrimonio propio de bienes recibidos con obligación de devolver. Se distingue de la estafa porque no exige engaño previo, y de la administración desleal porque exige un acto de apropiación.

Sí puede concurrir si la provisión se entregó para gastos concretos que no se han realizado y no se devuelve, sin perjuicio de la reclamación ante el Colegio de Abogados.

Sí. La devolución antes del juicio opera como atenuante (art. 21.5 CP) y puede abrir una conformidad ventajosa, o incluso la suspensión de la pena en cuantías no elevadas.

Cinco años para la modalidad básica, diez para la agravada (art. 131 CP). Conviene revisarlo con el despacho en cuanto tengas conocimiento de la investigación.

Dónde estamos

Nuestro despacho en Goya 20, Madrid

Información

Estudio Jurídico Cervantes & Gª-Escribano

Reserva una primera valoración o llámanos directamente. Atendemos en Goya 20, por teléfono y por videoconferencia, con la confidencialidad propia del ejercicio profesional.

Llama a un abogado de apropiación indebida en Madrid

Una investigación por el delito de apropiación indebida se decide sobre el título de recepción y el acto positivo de disposición: cómo se acredita la atipicidad cuando solo hay deuda civil y cómo se reconduce el conflicto cuando corresponde. Cuanto antes llames a un abogado penalista experto en apropiación indebida, más margen tenemos. Te atendemos en Madrid capital, el Corredor del Henares y todo el territorio nacional. Llámanos al 681 256 507.

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