Abogado de Narcotráfico en Madrid · Audiencia Nacional
El concepto de narcotráfico designa los supuestos agravados del tráfico de drogas regulados en los arts. 369, 369 bis y 370 del Código Penal: notoria importancia de la cantidad incautada (Acuerdo del Pleno no jurisdiccional del Tribunal Supremo: 750 g de cocaína pura, 300 g de heroína pura, 2,5 kg de hachís, 10 kg de marihuana), pertenencia a organización criminal con vocación de permanencia, posición de jefatura, administración o dirección en dicha organización, conducta de extrema gravedad y utilización de buques, embarcaciones o aeronaves. Las penas alcanzan los 13 años de prisión en los supuestos hiperagravados del art. 370 CP.
Procedimientos vinculados
La defensa en este procedimiento se coordina con las áreas hermanas y con la asistencia urgente desde la detención.
El delito de tráfico de drogas del art.
- Consumo propio, consumo compartido o
- Penas reales según sustancia y
- Escuchas telefónicas y registros: la
- Pureza de la sustancia: el
Los delitos contra la salud pública regulados en el Capítulo III del Título XVII del Código Penal (arts.
- Cuándo entra en juego este
- Tráfico de drogas vs narcotráfico:
- Intervenciones telefónicas, registros y vigilancias:
- Detenciones en el aeropuerto de
Si te han detenido en Madrid, o tienes a un familiar detenido, las primeras 72 horas son las que fijan la posición procesal del caso.
- Asistencia al detenido en Madrid:
- Protocolo de actuación ante un
- Plazo máximo de detención: 72
- Tus derechos como detenido en
La instrucción se prolonga habitualmente entre uno y tres años, con secreto sumarial inicial en muchos casos, intervenciones telefónicas con prórrogas, vigilancias, georreferenciación, balizamiento de vehículos y entradas y registros simultáneos. La medida cautelar de prisión provisional es habitual desde la primera comparecencia. La defensa técnica trabaja la nulidad de la prueba por vulneración de derechos fundamentales (art. 11.1 LOPJ), la calificación de organización y jefatura (combatible cuando la prueba no acredita estructura jerárquica, vocación de permanencia y reparto de funciones) y los atenuantes específicos del art. 376 CP (colaboración eficaz) y del art. 21.2 CP (drogadicción acreditada). El despacho asume la dirección letrada en estos procedimientos ante los Juzgados Centrales de Instrucción y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Te atiende personalmente uno de los abogados titulares del despacho. Asistencia 24 horas en el 681 256 507.
Por qué la calificación de «organización» o «jefatura» es el primer frente y se discute
La Sala Segunda del Tribunal Supremo exige presupuestos exigentes para apreciar organización criminal (art. 369 bis CP):
- Estructura jerárquica con reparto efectivo de funciones.
- Vocación de permanencia en el tiempo.
- Medios materiales propios.
La mera coautoría puntual no es organización. La calificación inicial del Fiscal es discutible cuando la prueba describe contactos esporádicos, ausencia de jerarquía clara o falta de medios estables. Bajarse de la organización al art. 369 CP, o de la jefatura del 369 bis a un rol secundario, vale años de pena.
La «extrema gravedad» del art. 370 CP es todavía más exigente: cantidades muy superiores a la notoria importancia, jefatura en organización, utilización de buques o aeronaves. La frontera con el art. 369 bis CP es discutible en muchos casos.
Detención en Barajas o intervención de paquetería: por qué casi siempre es Audiencia Nacional
La actividad multiprovincial o transnacional desplaza la competencia a los Juzgados Centrales de Instrucción y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Lo que cambia respecto del juzgado ordinario:
- Instrucción larga: entre 1 y 3 años, ocasionalmente más.
- Secreto de sumario inicial habitual: no se ve el expediente hasta que se levanta.
- Prisión provisional habitual desde la primera comparecencia.
- Coordinación con UDYCO, GRECO, Vigilancia Aduanera, Europol y DEA cuando hay conexión a EE. UU.
- Investigación basada en escuchas telefónicas prolongadas, vigilancias, georreferenciación, balizamiento de vehículos y entradas y registros simultáneos.
Asistimos detenciones en Barajas 24 h y coordinamos colaborador local cuando la detención se produce fuera de la Comunidad de Madrid.
Asistencia 24 horas para detenciones, citaciones e ingresos urgentes
Tlf. 681 256 507 · info@cgeestudiojuridico.es
Notoria importancia (art. 369.1.5 CP): los umbrales que decide el laboratorio
Los Acuerdos del Pleno no jurisdiccional del Tribunal Supremo fijan umbrales por droga pura:
- Cocaína: 750 g pura.
- Heroína: 300 g pura.
- Hachís: 2,5 kg.
- Marihuana: 10 kg.
Una pureza menor de la asumida en el atestado puede bajar el peso de droga pura por debajo del umbral y excluir la agravante. Por eso pedimos contraperitaje siempre que la pureza está en zona discutible.
Escuchas, vigilancias y registros: la nulidad como primer frente defensivo
La práctica totalidad de las causas de narcotráfico se construyen sobre escuchas. Lo que examinamos:
- Motivación del auto inicial: indicios concretos, no sospecha genérica.
- Proporcionalidad y necesidad de la medida.
- Prórrogas: cada una exige motivación nueva con nuevos indicios.
- Entradas y registros: auto judicial, presencia letrada, acta completa.
- Cadena de custodia de la sustancia.
La nulidad de las intervenciones se propaga por conexión de antijuridicidad (art. 11.1 LOPJ) a la prueba derivada. Bien planteada, desactiva buena parte de la prueba de cargo.
Asistencia 24 horas para detenciones, citaciones e ingresos urgentes
Tlf. 681 256 507 · info@cgeestudiojuridico.es
Decomiso ampliado y delitos económicos conexos: defensa coordinada
Estos procedimientos arrastran casi siempre blanqueo de capitales (arts. 301-304 CP), delitos fiscales (art. 305 CP) y decomiso ampliado del art. 127 bis CP sobre bienes cuya procedencia lícita no se acredita.
La defensa no puede ser solo penal. Coordinamos:
- Contraperitaje contable.
- Trabajo con asesoría fiscal del cliente.
- Defensa frente al decomiso desde el primer momento, no después de la sentencia.
Atenuantes que sí evitan o reducen prisión: colaboración eficaz y drogadicción
- Atenuante específica del art. 376 CP: abandono voluntario de la actividad y colaboración activa con las autoridades. Reduce sustancialmente la pena cuando concurre.
- Atenuante muy cualificada del art. 21.2 CP: drogadicción documentada con incidencia clara en la conducta delictiva.
- Suspensión condicionada a tratamiento (art. 80.5 CP): viable incluso para penas superiores a 2 años en supuestos cualificados.
- Dilaciones indebidas, reparación del daño cuando proceda.
Pedimos siempre informe médico, historial de adicciones y trabajamos la atenuante con soporte documental.
Asistencia 24 horas para detenciones, citaciones e ingresos urgentes
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Cómo trabaja el despacho un caso de narcotráfico desde la detención
Asistimos 24 h en aeropuerto,…
Asistimos 24 h en aeropuerto, frontera, comisaría o registro domiciliario. Coge un socio.
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Entrevista reservada contigo antes de cualquier declaración.
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Acceso al expediente al levantarse el secreto sumarial: actas de vigilancia, autos de escuchas, conversaciones, informe del laboratorio.
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Estrategia individualizada por investigado: la defensa de un calificado como jefe es distinta de la de un transportista o consumidor.
Comparecencia del art. 505 LECrim…
Comparecencia del art. 505 LECrim con prueba de arraigo, fianza, medidas alternativas a la prisión.
Coordinación con peritos (toxicología, contabilidad…
Coordinación con peritos (toxicología, contabilidad forense, especialistas en organización criminal).
Instrucción, fase intermedia, juicio oral…
Instrucción, fase intermedia, juicio oral ante Audiencia Nacional o Audiencia Provincial.
Recurso de casación ante la…
Recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo si procede.
Un proceso claro, de principio a fin
Desde el primer contacto hasta la resolución del procedimiento, mantenemos una metodología transparente para que en cada paso sepas qué esperar.
Primer contacto
Escuchamos tu situación en una primera entrevista confidencial, valoramos urgencia y definimos los próximos pasos.
Análisis del caso
Estudio del expediente, recopilación de prueba y elaboración de un informe interno con las opciones de defensa.
Estrategia y preparación
Diseñamos la estrategia procesal, preparamos escritos y trabajamos contigo cada hito relevante del procedimiento.
Defensa en sala
Asumimos la defensa en juicio con preparación minuciosa de testifical, pericial y los recursos que correspondan.
Asistencia al detenido las 24 horas, todos los días del año
Llamamos, nos desplazamos y asumimos la defensa desde el primer minuto. Madrid y todo el territorio nacional.
Respuestas a las dudas más habituales
Si tu pregunta no está aquí, escríbenos: respondemos en menos de 24 h laborables y siempre de forma confidencial.
¿Qué hago si me han citado a declarar como investigado o detenido?
Lo primero es no declarar sin abogado. Acude a la cita acompañado de letrado de tu confianza: tienes derecho a guardar silencio y a entrevistarte reservadamente con tu abogado antes de cualquier declaración. Contáctanos cuanto antes para preparar la diligencia con tiempo.
¿Ofrecen asistencia al detenido fuera del horario habitual?
Sí. Disponemos de un teléfono de asistencia al detenido las 24 horas, los 365 días del año. Un letrado del despacho se desplazará a comisaría o juzgado de guardia en el menor tiempo posible.
¿Llevan casos fuera de Madrid?
Sí. Aunque la sede física está en Madrid, el despacho asume procedimientos en todo el territorio nacional, así como ante la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y órganos de cooperación judicial internacional.
¿Pueden ayudar con un familiar interno en un centro penitenciario?
Sí. Tramitamos progresiones de grado, permisos de salida, libertad condicional, recursos contra sanciones y cualquier incidencia ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, así como solicitudes de indulto cuando proceda.
¿Trabajan con clientes extranjeros o procedimientos de extradición?
Sí. Asumimos defensas en procedimientos de extradición pasiva y Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) ante la Audiencia Nacional, así como asistencia a clientes no residentes con intereses procesales en España.
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