Abogado de Coacciones en Madrid

Si te denuncian por coacciones por un conflicto vecinal, laboral o familiar, o quieres denunciar a quien te coacciona, lo que se decida en la primera comparecencia marca toda la causa. No declares sin un abogado al lado. Te cogemos el teléfono nosotros. Línea 24 horas: 681 256 507.

Abogado de coacciones en Madrid, disponible 24 horas

Una denuncia por coacciones casi nunca es tan clara como parece. Detrás suele haber un conflicto con un vecino, en el trabajo o en la familia que ha terminado en el juzgado, y la clave está en ver si de verdad hay delito o no. Somos abogados penalistas en Madrid y defendemos tanto a quien ha sido denunciado por coacciones como a quien las está sufriendo (ejerciendo la acusación particular), siempre en casos distintos: nunca llevamos a las dos partes. Y lo llevamos nosotros de principio a fin, sin pasarte de un abogado a otro.

Áreas que asumimos

Tipos de coacciones en los que te defendemos en Madrid

Estos son los tipos de coacciones en los que asumimos tu defensa en Madrid. Cuando el caso roza las amenazas o las lesiones, también las llevamos.

01 · GRAVES

Coacciones graves

Defensa cuando se te atribuyen coacciones graves: impedir con violencia o intimidación que alguien haga lo que la ley le permite, u obligarle a algo que no quiere. Es la modalidad con pena de prisión, y reconducirla a leve cambia el resultado.

02 · LEVES

Coacciones leves

La coacción de menor entidad se enjuicia como delito leve y solo se castiga con multa. Buscamos la reconducción a esta modalidad, el acuerdo con el denunciante o el sobreseimiento cuando procede.

03 · VECINALES

Coacciones inmobiliarias y vecinales

Cortar suministros a un inquilino, cambiar una cerradura, el ruido de una obra o un conflicto entre vecinos acaban a menudo en una denuncia por coacciones. Analizamos si actuaste en el ejercicio legítimo de un derecho y la conducta es atípica.

Línea directa

Asistencia 24 horas en delitos de coacciones

Tlf. 681 256 507 · [email protected]

Qué hacemos si te denuncian o citan por coacciones

Tanto si te han detenido como si te han citado a declarar por coacciones, lo que hagas antes de la primera declaración condiciona toda la causa. Esto es lo que hacemos contigo desde la llamada:

01

Te atendemos al teléfono.

Identificamos el juzgado o la comisaría, el contenido de la denuncia y tu situación procesal, y activamos la defensa en ese momento.

02

Te damos las primeras indicaciones.

Tienes derecho a guardar silencio y a no declarar sin tu abogado. Te explicamos qué te conviene antes de cualquier comparecencia.

03

Vamos al juzgado o a comisaría.

Un titular se desplaza al juzgado de instrucción o a la comisaría, en Madrid capital o en el Corredor del Henares.

04

Hablamos contigo a solas.

En la entrevista reservada, antes de declarar, preparamos contigo la versión de los hechos y la prueba que conviene aportar desde el inicio.

05

Te asistimos en las declaraciones.

Ante el juez y, en su caso, ante la Policía, cuidamos cada declaración y proponemos la prueba que sostiene tu posición.

Esta asistencia la atendemos nosotros las 24 horas, todos los días del año. Madrid capital, Corredor del Henares y toda España.

De qué te acusan en un delito de coacciones

Coaccionar es obligar a alguien, por la fuerza o la presión, a hacer algo que no quiere o impedirle ejercer un derecho: eso es lo que castiga el delito de coacciones, que protege tu libertad de obrar. La ley distingue dos niveles, y saber en cuál encaja tu caso cambia del todo lo que te juegas:

  • Coacciones graves. Las que pueden acabar en prisión o en multa.
  • Coacciones leves. Solo se castigan con multa y se juzgan como un delito menor.
  • O ni delito. Muchas veces el caso se puede sacar del terreno penal por completo, y eso es lo primero que trabajamos.
Asesor legal revisando documentación con un cliente

Cómo distinguimos coacciones, amenazas y un conflicto sin delito

Muchos casos se ganan en una sola cosa: cómo se califican los hechos. Las coacciones se confunden a menudo con otras figuras, y ahí está el margen de defensa:

  • Amenaza, no coacción. La amenaza anuncia un mal para más adelante; la coacción te obliga a algo aquí y ahora.
  • Detención ilegal. Va más allá de obligarte: te priva de libertad.
  • Acoso. Exige una persecución insistente y repetida en el tiempo.
  • De graves a leves, o a nada. Conseguir que unas coacciones graves pasen a leves, o demostrar que ni siquiera son delito, es la diferencia entre una condena y un archivo.
Asesoramiento jurídico estratégico para prevenir riesgos legales

Líneas de defensa frente a una denuncia por coacciones

Cuando te denuncian por coacciones, lo primero que miramos es si lo que hiciste fue realmente coaccionar. Insistir, presionar o avisar de que vas a acudir al juzgado no es delito. Atacamos la acusación por tres frentes:

  • ¿Actuaste en tu derecho? Cambiar la cerradura de tu propia casa o reclamar lo que te deben no es coaccionar.
  • ¿Hubo fuerza o presión? Sin la fuerza o la presión que el delito exige, no hay coacción.
  • ¿Llegaste a impedir u obligar algo? Si nada cambió por tu conducta, falta el resultado que el delito reclama.

Si se da cualquiera de estas cosas, lo más probable es que no haya delito, o que sea mucho más leve de lo que dice la denuncia.

Línea directa

Asistencia 24 horas ante una denuncia por coacciones

Tlf. 681 256 507 · [email protected]

Qué penas te juegas por un delito de coacciones

Esto es lo que te puedes jugar, según la gravedad del caso:

  • Coacciones graves: prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses, según la gravedad del acto y los medios empleados.
  • Coacciones leves: se enjuician como delito leve y se castigan con multa.
  • Coacciones con agravación: la pena se impone en su mitad superior cuando la coacción persigue impedir el ejercicio de un derecho fundamental.

Las coacciones graves se tramitan por el procedimiento abreviado ante el Juzgado de lo Penal de Madrid, y las leves, por el juicio por delito leve ante el Juzgado de Instrucción. En este último cabe con frecuencia un acuerdo con el denunciante que conduce al sobreseimiento.

Defensa en coacciones en toda la Comunidad de Madrid

Las causas por coacciones en Madrid se instruyen en los Juzgados de Instrucción de Plaza de Castilla y se enjuician en los Juzgados de lo Penal de Madrid o, los delitos leves, en el propio juzgado de instrucción. Asumimos también los procedimientos de los partidos judiciales del Corredor del Henares (Alcalá de Henares, Arganda del Rey, Coslada) y de toda la Comunidad de Madrid. Nuestra sede en Goya 20 está a un paso de los principales órganos judiciales del centro.

Abogado corporativo asesorando en operaciones empresariales

Tu abogado de coacciones, por libre designación y no de oficio

En una causa por coacciones, donde casi todo se juega en la calificación y en la prueba del contexto, la asistencia de oficio cubre el trámite, pero rara vez prepara con tiempo la prueba de descargo y la estrategia de atipicidad. Elegir a tu abogado por libre designación significa que el mismo despacho que estudia tu denuncia es el que te coge el teléfono, te explica cada paso y va contigo a la vista. Sin intermediarios: llevamos tu caso nosotros, de principio a fin.

Cómo trabajamos

Cómo llevamos tu caso de coacciones, paso a paso

Desde la primera llamada tras una citación judicial hasta la sentencia firme y el recurso, trabajamos cada causa con el mismo método. Lo aplicamos igual a unas coacciones graves que a un delito leve.

01

Primer contacto

Te atendemos directamente, por teléfono o en persona, incluso fuera de horario. Identificamos la situación procesal y el contenido de la denuncia y activamos la defensa desde ese momento.

02

Análisis del caso

Revisamos la denuncia, los mensajes y la prueba documental aportada, los testigos, las grabaciones y los antecedentes. Buscamos desde el inicio la atipicidad o la reconducción al tipo leve.

03

Estrategia y preparación

Diseñamos la estrategia técnica: discusión de la legitimidad de la conducta, ausencia de violencia o medio idóneo, ejercicio de un derecho y, cuando interesa, acuerdo con el denunciante. Cada hito lo preparamos contigo.

04

Defensa en sala

Te defendemos en el juicio oral ante el Juzgado de lo Penal o, en el delito leve, ante el Juzgado de Instrucción, y recurrimos en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid cuando procede.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el delito de coacciones en Madrid

¿Puede haber coacciones sin violencia física?

Sí. El tipo no exige fuerza física: basta la intimidación o cualquier medio idóneo para impedir a alguien hacer lo que la ley le permite o para obligarle a hacer lo que no quiere. Ahora bien, ese medio tiene que tener entidad coactiva real, y discutir si la tuvo es una de las líneas de defensa.

No exactamente. La amenaza anuncia un mal futuro; la coacción impone una conducta en el presente con violencia o intimidación. La diferencia no es menor, porque la pena y el procedimiento cambian. Por eso la calificación correcta es el primer frente del caso.

La diferencia está en la gravedad del acto coactivo y en el contexto. Las graves se castigan con prisión de seis meses a tres años o multa; las leves, solo con multa y como delito leve. Reconducir unas coacciones graves al tipo leve puede cambiar por completo el resultado.

Sí. En las coacciones leves es frecuente alcanzar un acuerdo con el denunciante que conduce al sobreseimiento, y en las graves cabe la conformidad cuando es la mejor opción técnica. Solo la aconsejamos cuando mejora de verdad tu situación frente a ir a juicio.

Depende del contexto. Cambiar la cerradura de tu propia vivienda, reclamar una deuda o avisar de que acudirás a los tribunales son, en principio, ejercicio legítimo de un derecho y no delito. La denuncia puede ser atípica, y acreditarlo desde el inicio es clave.

Dónde estamos

Nuestro despacho en Goya 20, Madrid

Información

Estudio Jurídico Cervantes & Gª-Escribano

Reserva una primera valoración o llámanos directamente. Atendemos en Goya 20, por teléfono y por videoconferencia, con la confidencialidad propia del ejercicio profesional.

Llama a un abogado de coacciones en Madrid

Una causa por coacciones se gana o se pierde en los primeros movimientos: la calificación que se discute, la prueba del contexto y la versión que se fija en la primera declaración. Cuanto antes nos llames, más margen tenemos. Te atendemos directamente, en Madrid y en toda España. Llámanos al 681 256 507.

Ir al contenido WhatsApp
Cervantes & García Escribano ×

Hola, ¿necesitas hablar con un abogado penalista? Haz clic abajo para ponerte en contacto.