Abogado de Extradiciones en Madrid
El procedimiento de extradición pasiva regulado por la Ley 4/1985 se sustancia ante los Juzgados Centrales de Instrucción y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. La detención inicial suele producirse a raíz de una bandera roja Interpol o de una solicitud directa del Estado requirente. La intervención de un abogado penalista experto en extradiciones en las primeras 72 horas determina la posición procesal posterior.
Procedimientos vinculados a la extradición
La defensa en procedimientos de extradición se coordina con el resto de mecanismos de cooperación judicial penal internacional y con la asistencia urgente desde la detención.
Procedimiento simplificado de entrega entre Estados miembros UE (Decisión Marco 2002/584 y Ley 23/2014). Plazos breves, motivos tasados.
- Plazo 60 + 30 días
- Motivos de denegación tasados
- Vista oral ante la AN
- Audiencia Nacional
Intervención inmediata en comisaría, frontera o aeropuerto desde la detención por bandera roja Interpol u orden judicial extranjera.
- Atención en Barajas
- Comisaría y dependencias
- Primera comparecencia
- Habeas corpus
Visión global de cooperación judicial penal: extradiciones, OEDE y auxilio judicial pasivo ante la Audiencia Nacional.
- Tratados bilaterales
- Decisión Marco UE
- Auxilio judicial pasivo
- Comisiones rogatorias
Procedimiento, motivos y líneas de defensa
Fases del procedimiento de extradición pasiva
- Detención y comparecencia: el reclamado es puesto a disposición del Juzgado Central de Instrucción de guardia, que decide sobre su libertad provisional o prisión.
- Fase judicial: la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional resuelve sobre la procedencia de la entrega tras la vista correspondiente.
- Fase gubernamental: si la Sala declara procedente la entrega, el Consejo de Ministros adopta la decisión final de entrega o denegación.
- Recursos: el auto de la Sala admite recurso ante el Pleno de la Sala de lo Penal.
Motivos de denegación más relevantes
- Naturaleza política o militar del delito.
- Prescripción del delito o de la pena conforme a la legislación española o del Estado requirente.
- Falta de doble incriminación: el hecho debe ser delito en ambos Estados.
- Pena de muerte o cadena perpetua sin revisión en el Estado requirente, salvo garantías suficientes.
- Riesgo de trato inhumano o degradante (art. 3 CEDH).
- Nacionalidad española del reclamado y aplicación del principio aut dedere aut iudicare.
Líneas de defensa habituales
- Análisis técnico de la solicitud: documentación remitida, calificación del hecho, plazos.
- Cuestiones de fondo: motivos de denegación previstos en la Ley 4/1985 y en el tratado aplicable.
- Medidas cautelares: discusión de la libertad provisional con medidas alternativas a la prisión.
- Vía gubernamental: alegaciones humanitarias y políticas ante el Consejo de Ministros tras la fase judicial.
Diferencia entre extradición activa y pasiva
Los procedimientos de extradición se dividen en dos vertientes complementarias:
- Extradición pasiva: España recibe la solicitud de un Estado extranjero para entregar a una persona localizada en territorio español. Se rige por la Ley 4/1985 y se sustancia ante la Audiencia Nacional.
- Extradición activa: España solicita a un Estado extranjero la entrega de una persona reclamada por un órgano judicial español. La autoridad española competente cursa la solicitud al Estado requerido conforme al tratado bilateral o al Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Cuando la entrega afecta a Estados miembros de la Unión Europea, ambos sentidos quedan absorbidos por la orden europea de detención y entrega (Ley 23/2014). Las resoluciones más relevantes en materia de extradición y OEDE proceden de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y, en última instancia, del Tribunal Supremo.
Un proceso claro, de principio a fin
Desde el primer contacto hasta la resolución del procedimiento, mantenemos una metodología transparente para que en cada paso sepas qué esperar.
Primer contacto
Escuchamos tu situación en una primera entrevista confidencial, valoramos urgencia y definimos los próximos pasos.
Análisis del caso
Estudio del expediente, recopilación de prueba y elaboración de un informe interno con las opciones de defensa.
Estrategia y preparación
Diseñamos la estrategia procesal, preparamos escritos y trabajamos contigo cada hito relevante del procedimiento.
Defensa en sala
Asumimos la defensa en juicio con preparación minuciosa de testifical, pericial y los recursos que correspondan.
Asistencia al detenido las 24 horas, todos los días del año
Llamamos, nos desplazamos y asumimos la defensa desde el primer minuto. Madrid y todo el territorio nacional.
Respuestas a las dudas más habituales
Si tu pregunta no está aquí, escríbenos: respondemos en menos de 24 h laborables y siempre de forma confidencial.
He sido detenido en frontera por una orden Interpol. ¿Qué pasos siguen?
La Policía da cuenta inmediata al Juzgado Central de Instrucción de guardia, que decide sobre la libertad provisional. La defensa debe intervenir antes de la primera comparecencia. El despacho atiende detenciones de este tipo en el aeropuerto de Barajas y en otros puntos de entrada.
¿Puedo ser extraditado a un país sin tratado con España?
Sí, conforme al principio de reciprocidad. La Ley 4/1985 lo permite, aunque la valoración de los motivos de denegación es más rigurosa.
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