Abogado de Delitos Sexuales en Madrid · 24 h · CGE

Abogado de Delitos Sexuales en Madrid · Defensa del Investigado

Si te han imputado o detenido por un delito contra la libertad sexual del Título VIII CP tras la reforma de la LO 10/2022 y la LO 4/2023, la defensa se decide en las primeras 72 horas: declaración ante el Juzgado de Instrucción, decisión sobre prisión provisional, prohibición de aproximación y comunicación. El despacho asume la defensa del investigado con análisis técnico del atestado, de la declaración de la denunciante, de la pericial forense y, en su caso, de la psicológica de credibilidad, dentro del marco del consentimiento como elemento nuclear del tipo. Sede en Goya 20, Madrid. Asistencia 24 horas.

Áreas relacionadas

Procedimientos vinculados que el despacho asume cuando concurre el ámbito sexual

Estas son las áreas conexas a una causa por delitos sexuales: ciberdelitos cuando concurre componente digital (difusión de imágenes íntimas, grooming), delitos patrimoniales en supuestos de coerción económica, fase de recursos y defensa penal general del investigado.

01 — CIBER

Cuando el ámbito sexual se cruza con un delito informático: difusión no consentida de imágenes íntimas (art. 197.7 CP) o grooming del art. 183 ter CP.

02 — DELIT

Cuando la denuncia sexual se acompaña de reclamación civil patrimonial relevante o se cruza con extorsión del art. 243 CP.

03 — RECUR

Cuando la condena por delito sexual se recurre por errónea valoración de la prueba o vulneración del derecho a la presunción de inocencia.

04 — DEFEN

Cuando la imputación sexual se acumula a otra causa y exige defensa unificada del investigado en todas las fases.

La instrucción de estos procedimientos exige asistencia letrada inmediata desde la detención: la declaración del investigado ante el Juzgado de Instrucción, la decisión sobre prisión provisional y la posible adopción de medidas cautelares de prohibición de aproximación y comunicación a la víctima se resuelven en las primeras 72 horas y pueden mantenerse durante meses. El despacho asume exclusivamente la defensa del investigado en este ámbito procesal, con conocimiento del marco normativo reformado y experiencia en la práctica probatoria ante los Juzgados de Instrucción y la Audiencia Provincial de Madrid. Te atiende personalmente uno de los abogados titulares del despacho —Antonio Cervantes Polo (ICAM 141.301) o Guillermo García-Escribano—. Línea directa 24 horas: 681 256 507.

Tipos del Título VIII tras LO 10/2022 y LO 4/2023

  • Agresión sexual (art. 178 CP): cualquier acto contra la libertad sexual sin consentimiento. Marco penal único que sustituye a la antigua diferenciación entre agresión y abuso sexual. Pena de 1 a 4 años de prisión, según LO 4/2023.
  • Agresión sexual con penetración (art. 179 CP): pena de 4 a 12 años de prisión.
  • Tipos agravados (art. 180 CP): violencia o intimidación grave, especial vulnerabilidad de la víctima, intervención de varias personas, parentesco, prevalimiento, uso de armas, suministro de sustancias incapacitantes. Pena de 7 a 15 años cuando concurren con el art. 179 CP.
  • Acoso sexual (art. 184 CP).
  • Delitos sexuales contra menores de 16 años (arts. 181 y 183 CP): tipos específicos con penas agravadas.
  • Difusión, captación y posesión de imágenes (arts. 197.7 y 189 CP) en su modalidad sexual.
  • Trata de seres humanos con fines de explotación sexual (art. 177 bis CP) cuando concurre.
  • Delito sexual cometido en grupo: agravante específica del art. 180.1.2 CP.
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Particularidades de la defensa

  • Análisis del atestado y de la primera declaración: la denuncia inicial y su desarrollo posterior es prueba central. Su análisis riguroso permite identificar contradicciones, incoherencias internas, modificaciones sucesivas y, en su caso, deficiencias formales del atestado.
  • Prueba pericial: informe forense médico (lesiones compatibles, restos biológicos), informe psicológico de credibilidad de la declaración (si bien la doctrina del Tribunal Supremo ha matizado el alcance de este último), análisis pericial de comunicaciones digitales previas al hecho.
  • Asistencia letrada en sede policial: especialmente sensible en este tipo penal, donde la primera declaración del investigado orienta toda la causa. La entrevista reservada antes de la declaración es decisiva.
  • Discusión sobre el consentimiento: la reforma ha colocado el consentimiento como elemento central del tipo. La prueba sobre el consentimiento expreso, las circunstancias que lo excluyen (intoxicación, prevalimiento, intimidación) y el contexto previo es objeto principal de debate.
  • Estrategia frente a las medidas cautelares: prohibiciones de aproximación, libertad provisional, retirada de pasaporte, prisión provisional en supuestos del art. 180 CP.
  • Recursos: la apelación de la sentencia ante la Audiencia Provincial y, en su caso, recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Línea directa

Asistencia 24 horas para detenciones, citaciones e ingresos urgentes

Tlf. 681 256 507 · info@cgeestudiojuridico.es

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Líneas de defensa

  • Discusión del consentimiento: cuando la defensa sostiene que el acto fue consentido, la prueba se construye sobre indicios contextuales (mensajes previos, comportamiento de las partes, testifical sobre el ambiente).
  • Cuestionamiento de la idoneidad de la prueba: análisis riguroso del informe forense, del informe psicológico y de la testifical disponible.
  • Discusión de las agravantes del art. 180 CP: muchas calificaciones iniciales aplican agravantes que la prueba puede desmentir.
  • Cuestionamiento de las denuncias falsas**: solo en supuestos excepcionales y con prueba sólida, la defensa puede plantear querella o atestado por simulación de delito (art. 457 CP) o por denuncia falsa (art. 456 CP). Esta línea exige cautela técnica y deontológica.
  • Atenuantes aplicables: dilaciones indebidas, reparación del daño cuando proceda en su caso, atenuante analógica en supuestos de drogadicción acreditada del autor con incidencia en la conducta.
  • Conformidad: en supuestos donde la prueba es muy sólida, la conformidad estratégica con calificación reducida puede ser la opción defensiva más razonable, evitando agravantes y situando la pena en rango compatible con la suspensión.

Conducta deontológica del despacho

El despacho asume la defensa con respeto institucional al procedimiento y a la víctima. No se utilizan estrategias de cuestionamiento personal de la denunciante que excedan los términos del análisis técnico de la declaración y de las pruebas. Esta línea se mantiene también en los recursos, en la fase de medidas cautelares y en las eventuales declaraciones públicas. La defensa eficaz no exige ni se construye sobre el ataque personal a la víctima.

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Prescripción y plazos

  • Delitos sexuales contra menores: el cómputo de la prescripción se inicia cuando la víctima cumple 35 años (art. 132.1 CP, último párrafo, tras LO 8/2021).
  • Delitos sexuales sobre adultos: prescripción según la pena en abstracto, conforme al art. 131 CP (10 años para los más graves).
  • Plazo de instrucción: la instrucción tiene plazos máximos del art. 324 LECrim, prorrogables judicialmente.
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Cómo trabajamos

Cómo trabaja el despacho una causa por delito sexual, desde la detención o la citación

Desde la primera llamada tras una detención o citación por delito sexual hasta la sentencia firme del Juzgado de lo Penal o de la Audiencia Provincial, trabajamos cada causa con el mismo método. Lo aplicamos igual a una agresión sexual del art. 178 CP en contexto de pareja que a un tipo agravado del art. 180 CP con concurrencia de varias agravantes.

01
PASO

Primer contacto

Te atendemos directamente por teléfono o presencialmente. Identificamos la situación procesal (detención flagrante, citación judicial, comunicación de denuncia) y activamos la asistencia letrada inmediata. Por qué importa: la declaración en sede policial y la primera comparecencia ante el Juzgado de Instrucción son la prueba que el resto de la defensa intentará matizar.

02
PASO

Análisis del caso

Revisamos el atestado, la denuncia inicial, la pericial forense, el informe psicológico cuando lo hay y las comunicaciones previas entre las partes. Cuando la causa lo justifica, incorporamos pericial psicológica forense de descargo y propuesta de pericial técnica sobre las comunicaciones digitales. Por qué importa: la prueba contextual sobre el consentimiento se construye con análisis, no con alegaciones.

03
PASO

Estrategia y preparación

Diseñamos la estrategia técnica: discusión del consentimiento, cuestionamiento de las agravantes específicas del art. 180 CP, análisis de la idoneidad de la pericial psicológica de credibilidad conforme a doctrina del TS, oposición a las medidas cautelares cuando proceda o conformidad con respeto a los mínimos legales si reduce sustancialmente la pena. Cada hito procesal se prepara contigo, no por ti.

04
PASO

Defensa en sala

Defensa en juicio oral ante el Juzgado de lo Penal o la Audiencia Provincial según la pena solicitada. Preparación de testifical, pericial y, en su caso, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial o casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Asistencia al detenido las 24 horas, todos los días del año

Atendemos la llamada, nos desplazamos a la dependencia policial y asumimos la defensa desde el primer minuto. Madrid capital, Corredor del Henares y todo el territorio nacional. La línea está atendida por un abogado titular del despacho, no por un contestador externo.

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Preguntas frecuentes

Defensa en delitos sexuales: preguntas frecuentes

Si tu pregunta no está aquí, escríbenos: respondemos en menos de 24 h laborables y siempre de forma confidencial.

La reforma ha modificado el marco penal y las penas, pero la exigencia probatoria del proceso penal se mantiene íntegra. La condena exige prueba más allá de toda duda razonable; el debate sobre el consentimiento es probatorio, no presuntivo. La LO 4/2023 corrigió las consecuencias punitivas indeseadas de la reforma inicial. En la primera consulta lo revisamos en tu caso concreto.

Tras la LO 10/2022, la antigua diferenciación entre abuso y agresión ha sido sustituida por un marco penal único. El delito de agresión sexual del art. 178 CP comprende toda conducta contra la libertad sexual sin consentimiento, con o sin violencia o intimidación. La violencia y la intimidación grave operan ahora como agravantes del art. 180 CP, no como elementos diferenciadores del tipo. Lo determinamos en la primera valoración del expediente.

La prescripción depende de la pena en abstracto del tipo aplicable. Para los delitos sexuales sobre menores, el cómputo se inicia cuando la víctima cumple 35 años (art. 132.1 CP, último párrafo, tras LO 8/2021). Para delitos sobre adultos, los plazos del art. 131 CP son de 5, 10, 15 o 20 años según la pena prevista. Antes de cualquier comparecencia, conviene revisarlo con el despacho.

Comparecer con asistencia letrada cualificada. Antes de la declaración, entrevista reservada con el abogado para fijar la línea (declarar/no declarar, contenido). La declaración del investigado es prueba en su contra en el sentido de las contradicciones que pueda introducir. Si tienes un requerimiento similar, agenda una primera entrevista confidencial.

Sí, conforme al art. 787 LECrim, con las particularidades de los delitos castigados con pena superior a 6 años. La conformidad debe respetar los mínimos legales y exige estudio detallado del expediente antes de su aceptación. En la primera consulta te confirmamos si tu caso entra dentro de esa competencia.

Dónde estamos

Sede del despacho en Goya 20, Madrid

Atendemos en pleno centro, junto a la estación de metro Goya. Las consultas son presenciales, telefónicas o por videoconferencia, siempre con dedicación reservada al asunto y bajo secreto profesional estricto.

Información

Estudio Jurídico Cervantes & Gª-Escribano

Reserva una primera valoración o llama directamente al despacho. Atendemos consultas presenciales en Goya 20, por teléfono y por videoconferencia, siempre con la confidencialidad propia del ejercicio profesional.

Por qué un abogado especialista en delitos sexuales asume la defensa desde la primera hora

Una imputación por delito sexual se decide en las primeras 72 horas: cómo se afronta la declaración ante el Juzgado de Instrucción, qué oposición se presenta a las medidas cautelares y cómo se construye la prueba sobre el consentimiento. El despacho asume la dirección letrada desde el momento en que se descuelga el teléfono. Atendemos en Madrid capital, Corredor del Henares y todo el territorio nacional.

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