FAQ
En esta sección de preguntas frecuentes resolvemos las dudas más habituales en materia de Derecho penal. Nuestro objetivo es ofrecer información clara y útil para que conozcas tus derechos y sepas cómo actuar ante una situación legal urgente.
FAQ
¿Tengo antecedentes si me condenan por un delito leve?
Si. Una condena firme por delito leve genera antecedentes penales, los cuales pueden cancelarse a los seis meses desde el cumplimiento de la pena impuesta.
¿Me pueden detener si la Policía piensa que he cometido un delito leve?
No, como regla general la Policía no puede detenerte por un delito leve. La ley solo lo permite de forma excepcional cuando la persona no tiene domicilio conocido y no presta una garantía suficiente de que comparecerá. En la mayoría de estos casos, lo procedente es la identificación y la citación judicial.
¿Qué es un delito leve?
Se trata de delitos que la Ley castiga con menor intensidad, como hurtos de escasa cuantía, determinadas lesiones de menor entidad, el maltrato de obra sin lesión, ciertas amenazas, coacciones o vejaciones leves. Las penas para este tipo de delitos podrán ser multa de hasta tres meses, la localización permanente de un día a tres meses, los trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días, y en algunos supuestos la privación del derecho a conducir o a la tenencia y porte de armas por un tiempo de tres meses a un año.
¿Qué ocurre si doy positivo en alcoholemia?
Depende de la tasa de alcohol y de las circunstancias del caso. En España, dar positivo en alcoholemia puede dar lugar a una sanción administrativa o a un procedimiento penal si la tasa es superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre será considerado delito.
Si los hechos se consideran delito, las consecuencias pueden ser más serias: multa, trabajos en beneficio de la comunidad o pena de prisión, además de la privación del derecho a conducir por el tiempo que fije el juzgado.
¿Cuándo tengo que conformarme en un juicio rápido?
Depende del caso. La conformidad en un juicio rápido puede ser una opción interesante si las pruebas son sólidas y la estrategia de defensa aconseja evitar un juicio, porque la ley prevé una reducción de un tercio de la pena solicitada cuando se cumplen los requisitos legales. Ahora bien, no siempre conviene.
Aceptar una conformidad implica reconocer los hechos y asumir una condena, por lo que antes de tomar esa decisión hay que valorar con mucho cuidado la prueba existente, las consecuencias penales, los antecedentes, la responsabilidad civil y el impacto que esa condena puede tener en el futuro.
Por eso, en un juicio rápido, la decisión de conformarse nunca debe tomarse por precipitación ni por presión del momento. Lo recomendable es que un abogado penalista revise el caso y estudie si existen opciones de defensa mejores para el caso concreto.
¿Qué pasa en un juicio rápido?
En un juicio rápido, todo el procedimiento se concentra en muy poco tiempo. Normalmente, tras la detención policial o la citación, el asunto llega al juzgado de guardia, donde se toma declaración al investigado, se revisan las diligencias practicadas y se valora si el caso puede seguir tramitándose por esta vía.
En ese momento pueden ocurrir varias cosas: que el asunto se archive, que continúe la tramitación para enjuiciarse rápidamente, o que se plantee una conformidad si se cumplen los requisitos legales. La conformidad implica aceptar los hechos a cambio de una reducción de la pena, por lo que nunca debe decidirse sin asesoramiento de un abogado penalista.
Si no hay conformidad, el procedimiento sigue su curso y se señala juicio oral ante el juzgado de lo penal dentro de los quince días siguientes.
¿A qué delitos se aplica el juicio rápido?
En general, puede aplicarse a delitos castigados con pena de prisión de hasta cinco años o con otras penas de distinta naturaleza dentro de los límites previstos por la ley, siempre que el procedimiento pueda instruirse de forma sencilla y rápida.
Además, la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé expresamente que este procedimiento se utilice, entre otros casos, cuando se trate de delitos flagrantes y, de forma habitual, en asuntos como lesiones, coacciones, amenazas, violencia doméstica o de género, hurtos, robos, delitos contra la seguridad vial (como alcoholemia o conducción sin permiso) y otros hechos que suelen llegar al juzgado mediante atestado policial.
¿Qué es un juicio rápido?
El juicio rápido es un procedimiento penal previsto para determinados delitos cuando, por sus características, el asunto puede tramitarse de forma más ágil. Suele aplicarse cuando el investigado ha sido detenido o citado por la policía, el hecho es reciente y la instrucción resulta sencilla, de modo que el juzgado puede resolver con rapidez.
¿Me perjudica no declarar en Comisaría o en el Juzgado?
No. Todo investigado tiene derecho a no declarar o a contestar solo a las preguntas que desee. Declarar o no declarar dependerá de la estrategia que se siga, por ello es importante contar con el asesoramiento de un abogado especialista en Derecho penal para tomar la decisión que más te beneficie.
¿Qué ocurre después de la detención?
Tras la detención, normalmente se practican diligencias policiales y, según el caso, puedes quedar en libertad o, lo que es más frecuente, pasar a disposición judicial para prestar declaración y, según el caso, que el juez decida sobre si debe adoptar algún tipo de medida. Lo importante es analizar desde el primer minuto si hubo irregularidades, qué pruebas existen y cuál es la mejor estrategia para proteger tus derechos.
¿Puedo negarme a declarar en Comisaría si he sido detenido?
Sí. Todo detenido tiene derecho a no prestar declaración si no lo desea o a contestar solo a determinadas preguntas.
¿Cuánto tiempo puedo estar detenido?
En España, la detención no puede durar más del tiempo estrictamente necesario para realizar las averiguaciones relacionadas con los hechos y, en todo caso, el plazo máximo general es de 72 horas, salvo en delitos de terrorismo donde se puede extender otras 72 horas. Dentro de ese tiempo, la persona detenida debe ser puesta en libertad o pasar a disposición judicial.
¿Qué debo hacer si soy detenido?
Si te detienen, lo más importante es mantener la calma y no declarar ni hablar con nadie sin asesoramiento jurídico. En esta fase tan temprana del procedimiento penal es esencial contar con el asesoramiento de un abogado penalista. Tras la detención, tienes derecho a designar abogado; si no nombras uno, se te asignará de oficio. También tienes derecho a que se informe a un familiar o persona de tu elección de tu detención y del lugar donde te encuentras, y a ser asistido por intérprete si lo necesitas.
¿Qué diferencia hay entre un abogado y un abogado penalista?
Un abogado penalista es un abogado especializado en Derecho penal. Aunque todo abogado tiene formación jurídica, no todos se dedican a la misma rama del Derecho. La principal diferencia está en la especialización. El abogado penalista interviene en asuntos relacionados con delitos, detenciones, denuncias, juicios penales, asistencia al detenido, declaraciones ante policía o juzgado, medidas cautelares y defensa en todas las fases del procedimiento penal. En un asunto penal, contar con un abogado especializado puede ser decisivo.
¿Los abogados de oficio son siempre gratuitos?
No. En el momento en el que solicitas un abogado de oficio siempre se te proporcionará un abogado para que te asesora y represente, pero ello no quiere decir que sea gratis.
Puedes tener un abogado de oficio, pero solo será gratuito si la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita aprueba tu solicitud o si te encuentras en alguno de los supuestos legalmente previstos. La Constitución reconoce la justicia gratuita para quienes acrediten insuficiencia de recursos, y la normativa distingue entre la designación de abogado de oficio y el reconocimiento efectivo del beneficio de justicia gratuita.
De esta forma, si solicitas un abogado de oficio y se te deniega el beneficio de la Asistencia Jurídica Gratuita porque se considere que tienes recursos suficientes, deberás abonar los honorarios del abogado de oficio que se te haya asignado.
¿Qué hago si no tengo dinero para contratar a un abogado?
Si no tienes recursos económicos suficientes, puedes solicitar asistencia jurídica gratuita. Este derecho permite, si cumples los requisitos legales, contar con abogado sin asumir sus honorarios. Para solicitar información, puedes acudir al colegio de abogados que corresponda a tu municipio.
¿Siempre necesito abogado en un procedimiento penal?
No. La excepción más habitual es el juicio por delito leve, donde la persona denunciada puede comparecer sin abogado. Aun así, las partes tienen la posibilidad de acudir asistidos por abogado, lo cual puede ser muy recomendable, pues su asistencia puede ser decisiva.
¿Qué es una hoja de encargo?
La hoja de encargo es el documento que regula la relación profesional entre el abogado y el cliente. En ella se deja por escrito qué asunto se va a llevar, qué actuaciones quedan incluidas, cuáles son los honorarios, la forma de pago y, en su caso, los gastos o suplidos que puedan surgir.
¿Los abogados siempre cobran por adelantado?
La cuantía y la forma de pago de los honorarios son libremente pactadas con el cliente, y deben explicarse previamente, normalmente mediante una hoja de encargo profesional.
Eso no significa que todos los abogados cobren siempre el importe completo por adelantado. Que se cobre la totalidad o una parte por adelantado dependerá del tipo de caso y su complejidad. según el tipo de asunto y el trabajo que vaya siendo necesario. La clave es que el cliente conozca desde el principio qué se cobra, cuándo se cobra y por qué conceptos.
¿Cómo puedo solicitar una consulta inicial?
Podés contactarnos a través del formulario web, por teléfono o WhatsApp. La primera consulta nos permite evaluar tu caso y orientarte sobre los pasos a seguir.
¿La consulta inicial tiene costo?
Depende del tipo de caso. En muchos asuntos ofrecemos una primera orientación sin cargo. Te informaremos con total transparencia antes de avanzar.
¿En qué áreas del derecho trabajan?
Somo especialistas en Derecho Penal, Derecho Penal Económico y Penitenciario. Analizamos cada situación de manera personalizada para ofrecer la mejor estrategia legal. También, contamos con una amplia red de colaboradores en todas las ramas del Derecho, lo que nos permite brindar una respuesta rápida a cualquier necesidad legal de nuestros clientes, acompañándolos de principio a fin.
¿Qué diferencia hay entre un abogado particular y un abogado de oficio?
El abogado particular es el que elige libremente el cliente y con el que pacta directamente los honorarios. El abogado de oficio es el que se designa a través del turno correspondiente cuando la persona no nombra un abogado propio o solicita asistencia jurídica gratuita. De esta forma, el abogado de oficio será directamente asignado, sin que el cliente puede elegir a un abogado del turno de oficio en concreto.