Abogado de Revelación de Secretos en Madrid
Acceder al móvil, al correo o al WhatsApp de otra persona, o difundir imágenes que se recibieron en privado, puede ser un delito de revelación de secretos. Si te investigan o te han denunciado por ello, necesitas un abogado penalista que domine tanto el tipo penal como la prueba electrónica. Somos abogados penalistas en Madrid especializados en revelación de secretos y defendemos a quien se enfrenta a este tipo de acusaciones.
Abogado penalista especializado en revelación de secretos en Madrid, disponible 24 horas
El delito de descubrimiento y revelación de secretos se ha disparado con el móvil y las redes sociales. Un mensaje reenviado, una captura difundida o el acceso a una cuenta ajena pueden acabar en una denuncia. Estos casos suelen surgir entre parejas rotas, socios enfrentados o compañeros de trabajo, y casi siempre giran alrededor de un dispositivo: quién accedió, cómo y con qué consentimiento. Ahí es donde necesitas un abogado de revelación de secretos en Madrid. Atendemos consultas y urgencias las 24 horas.
Delitos de revelación de secretos que defendemos como abogados en Madrid
El Código Penal castiga distintas formas de vulnerar la intimidad de otra persona. Estas son las más frecuentes en los procedimientos que defendemos.
Apoderarse de correos, mensajes o comunicaciones
Leer el WhatsApp, los correos electrónicos o los mensajes de otra persona sin su permiso, o interceptar sus comunicaciones. Es la modalidad más habitual en rupturas de pareja y conflictos laborales.
Acceso a datos personales reservados
Entrar, usar o modificar datos personales guardados en ficheros, soportes o sistemas informáticos sin autorización, o difundirlos por redes sociales. Aquí el delito se solapa a menudo con los ciberdelitos.
Difusión de imágenes íntimas sin consentimiento
La difusión de imágenes íntimas sin consentimiento consiste en compartir fotos o vídeos que se recibieron con permiso, pero se difunden sin él. Se agrava si existió relación de pareja, la persona es menor de edad o hay ánimo de lucro.
Asistencia 24 horas ante una acusación por revelación de secretos
Tlf. 681 256 507 · [email protected]
Qué nos hace diferentes en tu defensa por revelación de secretos
No somos un despacho generalista. Esto es lo que aportamos cuando te acusan de revelación de secretos:
Pericial informática propia
Proponemos pericial informática propia para atacar la prueba digital y su cadena de custodia, no solo discutirla.
Un solo abogado
Te lleva de principio a fin un abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), no un paralegal ni uno distinto cada día.
Consentimiento y prueba lícita
Analizamos desde el minuto uno el consentimiento y si la prueba se obtuvo de forma lícita, para pedir su nulidad cuando vulnera tus derechos.
Libre designación
Trabajamos por libre designación y no de oficio, con disponibilidad real por teléfono y WhatsApp, y plan de pagos si hay problemas de liquidez.
Defensa si te acusan de un delito de revelación de secretos
Que exista una denuncia no significa que haya delito. En estos procedimientos el consentimiento, la titularidad del dispositivo y la finalidad con la que se accedió son decisivos. Esto es lo que hacemos contigo:
Te atendemos al teléfono.
Nos cuentas el caso y revisamos la citación o la denuncia y qué se te atribuye.
Analizamos el consentimiento.
Estudiamos si hubo consentimiento, tácito o expreso, y quién era titular del dispositivo o la cuenta.
Revisamos cómo se obtuvo la prueba.
Comprobamos si la prueba digital se obtuvo de forma lícita y con las garantías legales.
Preparamos tu declaración.
Decidimos qué declarar y qué reservar antes de que vayas al juzgado.
Te defendemos en todo el procedimiento.
Te acompañamos en instrucción y juicio, con un mismo abogado de principio a fin.
Si te han citado a declarar por acceder a los mensajes, los datos o las imágenes de otra persona, cuéntanoslo antes de dar ningún paso.
El delito de descubrimiento y revelación de secretos en el Código Penal
El delito de descubrimiento y revelación de secretos está regulado en los artículos 197 a 201 del Código Penal español, dentro de los delitos contra la intimidad. Según el artículo 197, será castigado quien, sin consentimiento y para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen. También comete el delito quien accede sin autorización a datos personales o datos reservados guardados en ficheros o sistemas informáticos. Un dato importante para la defensa: en muchos supuestos el delito se consuma con el simple acceso, aunque después no se difunda nada, pero exige probar que actuaste sin consentimiento y con la finalidad de vulnerar esa intimidad. Los delitos de revelación de secretos se agravan cuando quien accede o revela es funcionario público.
Cuándo el acceso a mensajes o datos no es delito
No todo acceso a la información de otra persona es punible. El consentimiento, aunque sea tácito, la titularidad compartida de una cuenta o de un dispositivo, o la ausencia de intención de vulnerar la intimidad pueden dejar la conducta fuera del delito. Tampoco todo reenvío de un mensaje que se recibió legítimamente constituye revelación de secretos. Estudiar estos matices desde el primer momento es lo que permite orientar bien la defensa y, en muchos casos, pedir el archivo.
La prueba electrónica: cómo se combate una acusación
Casi toda la prueba en estos delitos es digital: mensajes, capturas, registros de acceso, metadatos. Esa prueba tiene que obtenerse e incorporarse a la causa respetando las garantías legales. Revisamos si se consiguió de forma lícita, si la cadena de custodia es sólida y si de verdad acredita lo que la acusación sostiene. Cuando la prueba se ha obtenido vulnerando derechos, se puede solicitar su nulidad, y la pericial informática suele ser determinante para desmontar el relato de la acusación.
Asistencia 24 horas ante una acusación por revelación de secretos
Tlf. 681 256 507 · [email protected]
Penas y agravantes del delito de revelación de secretos
La modalidad básica del artículo 197 se castiga con prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses. La pena sube cuando el secreto se difunde, cuando afecta a datos personales especialmente protegidos o sensibles (salud, ideología, vida sexual, origen racial), cuando hay ánimo de lucro o cuando el autor es o fue pareja de la persona afectada. Si el responsable es funcionario público, se añade la inhabilitación. Cada agravante cambia el marco de la pena, y por eso el encaje concreto de los hechos importa tanto para tu defensa.
Abogados de revelación de secretos en los juzgados de Madrid
Llevamos estos procedimientos ante los Juzgados de Instrucción de Plaza de Castilla, los Juzgados de lo Penal de Madrid y la Audiencia Provincial de Madrid. Atendemos a clientes de Madrid capital y del Corredor del Henares.
Preguntas frecuentes sobre revelación de secretos en Madrid
Entré en el móvil de mi pareja. ¿Es delito?
Puede serlo. El acceso sin consentimiento a los mensajes o comunicaciones de otra persona encaja en el delito de revelación de secretos, aunque no llegues a contar nada. Todo depende del consentimiento y de las circunstancias, así que conviene analizarlo con un abogado antes de declarar.
Me acusan de difundir imágenes íntimas de otra persona. ¿Qué me puede pasar?
La difusión sin consentimiento de imágenes íntimas es delito y puede agravarse si existió relación de pareja o ánimo de lucro. La defensa analiza cómo se obtuvo la prueba, el consentimiento previo y el contexto. Habla con un penalista antes de dar cualquier explicación.
¿Pueden investigarme si la persona afectada no ha denunciado?
Como regla general, este delito solo se persigue si la persona afectada denuncia. Existen excepciones, por ejemplo cuando la víctima es menor de edad o cuando el hecho afecta a intereses generales. La ausencia de una denuncia válida puede ser un punto de defensa.
¿La revelación de secretos deja antecedentes penales?
Sí, una condena por este delito genera antecedentes penales. Por eso conviene preparar bien la defensa desde la primera declaración.
Reenvié un mensaje que me habían enviado a mí. ¿También es delito?
Depende del contenido, de la finalidad y de si afecta a la intimidad de otra persona. No todos los reenvíos son delito, pero algunos sí. Es un matiz que conviene revisar con un penalista antes de declarar.
Nuestro despacho en Goya 20, Madrid
Estudio Jurídico Cervantes & Gª-Escribano
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Si te han citado a declarar por revelación de secretos, no vayas sin abogado. Llama al 681 256 507, escríbenos por WhatsApp o cuéntanos tu caso y te llamamos nosotros. Te atiende el abogado que llevará tu defensa.